II

                                               II.- SECTORES  ESTRATÉGICOS


Artículo 7.- Son sectores estratégicos del país la sanidad, la educación, la alimentación básica, la tierra, las construcciones, la banca, la emisión de dinero, la energía, las vías de comunicación, la seguridad y la defensa.

Artículo 8.- Los sectores estratégicos serán organizados exclusivamente por empresas públicas, propiedad de la administración central, autonómica, provincial o local. Los/as trabajadores/as de dichas empresas serán funcionarios/as de carrera y habrán obtenido su plaza por el sistema de oposición libre. Cada 6 meses se realizará una prueba objetiva de reválida para cada funcionario/a, donde se decidirá si sigue siendo apto para el puesto o no.

Artículo 9.- La sanidad se financiará única y exclusivamente por la vía de los impuestos, garantizando un servicio óptimo a todas las personas y evitando cualquier fórmula de copago. El sistema sanitario comprenderá todas las prestaciones sin excepción, y utilizará técnicas de la medicina occidental y de la oriental. La administración destinará una partida importante al desarrollo de la investigación médica, estando totalmente prohibida la experimentación con animales, plantas u otros seres vivos.

Artículo 10.- La educación básica comprenderá hasta la edad de 16 años, siendo obligatoria y totalmente gratuita al financiarse con los impuestos. La educación secundaria no obligatoria y la universitaria será gratuita en su matrícula, pero cada estudiante deberá pagar los gastos de libros y otros materiales. Se establecerán becas de estudio para personas que no puedan costearse estos gastos. En todos los niveles de la enseñanza se tendrá en cuenta el desarrollo integral de la persona por encima de la memorización de conocimientops, estableciéndose un sistema de educación libertaria capaz de conseguir que toda persona desarrolle al máximo sus potenciales y los valores de libertad, igualdad, solidaridad y respeto por el medio ambiente.

Artículo 11.- La alimentación básica estará constituída por los productos alimenticios necesarios para la subsistencia de toda la población: la agricultura será ecológica, la ganadería, granjas de animales, caza y pesca se realizarán garantizando una vida feliz, evitando el sufrimiento de animales y de modo sostenible,  El cupo que se considere "alimentación básica" será organizado por empresas públicas donde trabajarán funcionarios/as de carrera, mientras que el resto de la alimentación será organizada por empresas privadas (cooperativas) aunque con el control contínuo de funcionarios/as de carrera para que se realice del modo mas ecológico posible.

Artículo 12.- La tierra y todas las construcciones y edificaciones del país serán propiedad pública, y serán cedidas en usufructo a personas particulares y empresas cooperativas para su uso y explotación. Toda persona o grupo de personas tendrá derecho a una vivienda digna y gratuita en su usufructo, debiendo pagar un impuesto periódico a la administración solo en el caso de que su vivienda exceda en extensión o características a lo que se considere por ley "mínimo". Asímismo, toda cooperativa tendrá derecho a un local, terreno o construcción para realizar su actividad, dentro de los parámetros que se establezcan legalmente.

Artículo 13.- La banca y la emisión de dinero son propiedad exclusiva de la administración central. En las antiguas sucursales bancarias los/as funcionarios/as de carrera realizarán toda la organización bancaria, de reparto equitativo de la tierra y las construcciones y de los puestos de trabajo entre toda la población. El dinero será virtual y nominativo, facilitando a cada ciudadano/a una tarjeta magnética personal e intransferible con su saldo y sus claves para el traspaso seguro de dinero.

Artículo 14.- La energía y las vías de comunicación aéreas, terrestres y marítimas serán competencia exclusiva de la administración. Se dará total prioridad al uso de energías renovables y a los medios de transporte menos contaminantes. De dicha organización  se encargarán funcionarios/as de carrera, pudiendo participar cooperativas privadas en su desarrollo accediendo mediante el sistema de concurso público.

Artículo 15.- La seguridad y la defensa será ejercida por toda la ciudadanía, de modo que el control resida siempre en las asambleas y sus portavoces. Se evitará toda jerarquía en ellas y el control del orden público y las armas estará siempre en el pueblo. Se usarán  las armas imprescindibles para ello, quedando totalmente prohibida tanto la importación como la exportación de armamento. Las fábricas de armas serán cooperativas y su uso estará organizado y controlado por las asambleas.